martes, 20 de noviembre de 2012

Una nueva batalla moral: la liberación animal

Si anteriormente traté de esclarecer el concepto de especismo, en la presente entrada comenzaré por exponer la clase principal de especismo que nosotros practicamos: el antropocentrismo.

Consideraremos el antropocentrismo como la postura que defiende los intereses de la especie humana por encima de los intereses, necesidades e incluso del bienestar del resto de especies animales. Por nuestra arbitraria pertenencia a la especie humana obtenemos un valioso status moral: la aceptación en la comunidad de iguales,el reconocimiento de la igualdad moral. Pero, ¿podemos juzgar como correcta una ética que atendiendo exclusivamente a los intereses de la propia especie imposibilita la realización de los intereses de los demás seres vivos? Vemos una primera distinción entre todos los animales (ya sean humanos como no humanos): no todos pertenecemos a la misma especie. Esto es una diferencia, ahora bien: ¿es una diferencia moralmente pertinente?, ¿en qué se apoya el antropocentrista para creer que, efectivamente, sí lo es? 
El argumento fundamental que respalda la actitud antropocentrista es reconocido como la superposición de las especies. En síntesis, este razonamiento nos comunica que se debe respetar a los seres humanos por encima de cualquier otra especie porque somos nosotros los únicos que poseemos ciertas capacidades (generalmente intelectuales o lingüísticas) o podemos establecer relaciones especiales (de afectividad, por ejemplo). La posesión de estas capacidades, por tanto, es lo que nos posiciona (presuntamente) en un estrato moral superior. La insostenibilidad del argumento se revela cuando profundizamos en su supuesto. En primer lugar, la afirmación en la que se basa es falsa. Consideran ciertas capacidades como lo esencial del ser humano, lo que lo constituye como ser superior, único o diferenciado. Ahora bien, no todos los humanos presentan esas capacidades, ¿entonces, eso les excluye de pertenecer a la especie humana? En segundo lugar, no sólo observamos que existen personas con una diversidad funcional que no cumplen esos requisitos de inclusión en la comunidad de iguales, sino que, además, existen animales no humanos que sí que los cumplen, ¿por ello pertenecen a lo que ésta teoría ha calificado de ser humano? Éste criterio no funciona para realizar una distinción que no resulte difusa entre seres humanos y demás animales. Además, éstas capacidades que son consideradas según el antropocentrista como el criterio para pertenecer o excluir a seres de nuestra comunidad, resultan moralmente irrelevantes . 
Entonces, ¿cuál es el criterio que debemos establecer para considerar a un ser digno de ser tratado moralmente? Considero que la característica básica que le da a un ser el derecho a una igual consideración es su sensibilidad, esto es, su capacidad tanto de sufrimiento, como de disfrute. Esta postura es denominada como sensibilismo, y es el contra argumento necesario ante toda actitud discriminatoria. Lo que está mal es causar sufrimiento a otro ser, incluso si ese ser no pertenece a tu propia especie. Esto nos lleva a afirmar que todo individuo que tenga esta capacidad de sufrimiento merece el reconocimiento de una igualdad de trato dentro de una misma comunidad moral, que todo sujeto de vida merece el reconocimiento de unos derechos básicos inalienables y que debe tratársele de acuerdo con sus necesidades y deseos. 
La capacidad de sentir nos vincula irremediablemente con el resto de especies.
Éste es el camino de la liberación animal, que nos exige hacer extensivo el trato moral que sólo aplicamos a los miembros de nuestra especie al resto de ellas y defender esos principios que hasta ahora sólo nos han resguardado a nosotros para que protejan también a los demás animales no humanos: el derecho a la vida, a la protección de la libertad individual y la prohibición de la tortura. Todo esto será únicamente posible construyendo una ética que vaya más allá de la especie.

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